Hemeroteca

Publicada en el DOCM la Orden que regula la prescripción enfermera en Castilla-La Mancha

Este procedimiento se aplica al personal de enfermería que presta servicios en los centros y servicios sanitarios,públicos y privados, en el ámbito geográfico de Castilla-La Mancha. La orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

El  Diario Oficial de Castilla-la Mancha (DOCM) ha publicado hoy, 15 de diciembre de 2020, la orden 189/2020, de 4 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento para la acreditación en Castilla-La Mancha de las enfermeras y enfermeros, para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano.

Este procedimiento se aplica al personal de enfermería que presta servicios en los centros y servicios sanitarios,públicos y privados, en el ámbito geográfico de Castilla-La Mancha.

Requisitos. Los requisitos que deben reunir las enfermeras y enfermeros para obtener la acreditación para la indicación, uso y autorización de la dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, de acuerdo con el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, son los siguientes:

  • a) En el ámbito de los cuidados generales, estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería, o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, y cumplir uno de estos dos requisitos:
  • 1º. Acreditación de una experiencia profesional mínima de un año.
  • 2º. Superación de un curso de adaptación adecuado ofrecido por la Administración sanitaria de manera gratuita cuando la experiencia profesional sea inferior a un año.
  • b) En el ámbito de los cuidados especializados, estar en posesión del título de Graduado en Enfermería, de Diplomado en Enfermería o de Ayudante Técnico Sanitario, o equivalente, así como del título de Enfermero Especialista a que se refiere el artículo 2.1 del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería, y cumplir uno de estos dos requisitos:
  • 1º. Acreditación de una experiencia profesional mínima de un año.
  • 2º. Superación de un curso de adaptación adecuado ofrecido por la Administración sanitaria de manera gratuita cuando la experiencia profesional sea inferior a un año.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de acreditación es de seis meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud en el registro electrónico de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo el silencio administrativo efecto estimatorio.

Curso de adaptación. Serán válidos los cursos de adaptación para la acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y de productos sanitarios de uso humano en el ámbito de los cuidados generales y de los cuidados especializados, ofrecidos de forma gratuita por las Administraciones sanitarias e impartidos por las mismas o bien por otros organismos, públicos o privados, siempre que dichos cursos hayan sido acreditados al efecto por una Administración sanitaria según los procedimientos establecidos por el Sistema de Acreditación de la Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias.

Acreditación de oficio de personal de enfermería del Servicio de Salud de Castilla La Mancha (Sescam). Las enfermeras y enfermeros, tanto de cuidados generales como de cuidados especializados, que estén prestando servicios en el Sescam y tengan como mínimo un año de experiencia profesional en dicho servicio de salud a la fecha de entrada en vigor de esta orden, quedarán acreditados de oficio.

La resolución del procedimiento de oficio de la Dirección General de Planificación, Ordenación e Inspección Sanitaria, con la relación de profesionales acreditados, será objeto de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, surtiendo ésta los efectos de la notificación.

La orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Puedes acceder a la publicación en el DOCM pinchando aquí y en el archivo adjunto.